MGS Plan 5
Garantizado - SIALP
PRODUCTOS VIDA-AHORRO
Fecha: febrero 2015 1
MGS Plan 5 Garantizado - SIALP es un seguro
de vida individual configurado para el fomento del ahorro que combina dos
interesantes características: la obtención de un capital totalmente garantizado
y la posibilidad de que queden exentos los rendimientos generados en la operación
de seguro.
A continuación encontraremos toda la
información que nos permitirá:
1. Conocer este producto y sus
particularidades.
2. Gestionar de inicio a fin los procesos
necesarios para el desarrollo del seguro.
FICHA
TÉCNICA
MGS Plan 5
Garantizado - SIALP
PRODUCTOS VIDA-AHORRO
Fecha: febrero 2015 2
Índice Pág.
1. Introducción
y público objetivo ...................................... 3
2. Coberturas
de nuestra póliza .......................................... 4
3. Valores
garantizados y otros derechos económicos
3.1 Reducción
...........................................................................
5
3.2 Rescate
...............................................................................
5
3.3 Rescate automático
.............................................................. 5
3.4 Otros derechos
económicos ................................................. 6
4. Régimen
Fiscal .....................................................................
8
5. Información
que recibe el cliente ....................................
10
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Garantizado - SIALP
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Fecha: febrero 2015 3
La última reforma tributaria que ha entrado
en vigor en 20151 ha
traído consigo un nuevo instrumento para el fomento del ahorro.
El seguro de ahorro MGS Plan 5 Garantizado -
SIALP, es un Plan de Ahorro a Largo Plazo, regulado en la Disposición adicional
vigésima sexta de la Ley 35/2006 y se instrumenta en forma de seguro de vida
individual a que se refiere el apartado 2 de la citada norma, denominado Seguro
Individual de Ahorro a Largo Plazo.
Los Planes de Ahorro a Largo Plazo se
configuran como contratos celebrados entre el contribuyente y una entidad
aseguradora o de crédito, en forma de seguro, de depósito o financiero, y
deberán cumplir de forma conjunta los requisitos que a continuación se indican
y sobre los que nos referimos en su calidad de seguro de ahorro individual:
- el Tomador, Asegurado y Beneficiario en
caso de supervivencia debe ser la
misma persona,
- el Tomador solo puede ser titular de un
único Plan de Ahorro a Largo Plazo de
forma simultánea,
- el Tomador no puede aportar más de 5.000
euros al año al Plan de Ahorro a Largo Plazo. En caso de que se superen los
citados límites, el contrato quedará extinguido, - el Tomador únicamente
puede disponer de la provisión matemática en forma de capital, por el importe
total de la misma, no siendo posibles las disposiciones parciales,
- en caso de efectuar disposiciones con
anterioridad al transcurso de los cinco años desde la primera aportación, el
contrato quedará extinguido y estarán sujetos a tributación los rendimientos
positivos del capital mobiliario generados hasta esa fecha,
- en caso de efectuar disposiciones con
posterioridad al transcurso de los cinco años desde la primera aportación
quedarán exentos de tributación los rendimientos positivos del capital
mobiliario generados hasta esa fecha.
Finalmente indicar que, el público
objetivo al que nos podemos dirigir, dadas las
características básicas de este seguro, es un
amplio segmento de población: en general, cualquier persona que desee
ahorrar con seguridad.
1 Ley
26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de
noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto
refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.
ntroducción y público objetivo
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Fecha: febrero 2015 4
A.
Capital por supervivencia
En caso de vida del Asegurado al vencimiento
del seguro, se abonará al Beneficiario la provisión matemática alcanzada a
dicha fecha.
Para ello, este seguro garantiza los
siguientes intereses técnicos:
o el primer año y un interés
técnico mínimo durante los 10 primeros años.
o adicionalmente, con
periodicidad anual y de forma anticipada se informará un nuevo tipo de interés
técnico para la siguiente anualidad, el cual se aplicará sobre la provisión
matemática disponible en cada momento.
o asimismo, garantiza un
interés técnico mínimo neto de gastos sobre provisión matemática hasta el
vencimiento del seguro.
B.
Capital por fallecimiento del Asegurado
Ocurrido en cualquier momento y por cualquier
causa durante la fase de ahorro del contrato, el asegurador pagará al
Beneficiario designado un capital igual a la provisión matemática alcanzada en
el momento del fallecimiento, incrementada en un 5% con un límite de 500 euros
de incremento.
berturas de nuestra póliza
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Una vez abonada y transcurrida la primera
anualidad del seguro en las primas periódicas y de forma inmediata en las
únicas, el Tomador tendrá los siguientes derechos económicos:
3.1.
Reducción
Las pólizas de prima periódica de MGS Plan 5
Garantizado - PIAS tienen derecho de reducción, por el cual el Tomador
transforma la póliza en un seguro de la misma modalidad y liberado del pago de
primas futuras.
Si la póliza estuviera contratada mediante el
pago de primas periódicas y el Tomador dejara de pagar alguna de las mismas, se
procederá a la reducción de la misma.
El importe acumulado de los recursos
aportados en el momento de la reducción, será el resultado de considerar el
valor de rescate como prima única neta de gastos de adquisición de un seguro de
las mismas características que el contratado.
Tras la reducción se seguirán aplicando los
gastos del seguro y el interés técnico correspondiente.
En caso de que la provisión matemática
resulte insuficiente para hacer frente a los gastos, el contrato de seguro quedará
extinguido.
3.2.
Rescate
Mediante solicitud por escrito al Asegurador,
el Tomador puede rescindir el contrato percibiendo la provisión matemática del
seguro alcanzada a fecha de su solicitud.
En caso de que el rescate
tenga lugar antes de transcurridos 5 años desde la contratación del seguro, el
Asegurador practicará la retención correspondiente sobre los rendimientos
positivos obtenidos. Si se efectúa transcurrido dicho plazo dicha rentabilidad
quedará exenta de tributación.
3.3.
Rescate automático
En caso de que las
aportaciones realizadas por el Tomador superen el límite máximo legalmente
vigente en cada momento, el Asegurador procederá al rescate automático del
seguro y el Tomador percibirá la provisión matemática de la póliza alcanzada
hasta ese momento. Si esto tiene lugar antes de haber transcurrido 5 años desde
la contratación, los rendimientos positivos serán objeto de tributación.
3.
Valores garantizados y otros derechosnómicos
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Fecha: febrero 2015 6
3.4. Otros
derechos económicos
Movilización
Mediante decisión unilateral, el Tomador
podrá movilizar su provisión matemática en los términos que se establezcan en
la legislación vigente.
Rehabilitación
El seguro puede ser rehabilitado en las
mismas condiciones en que se contrató, mediante el pago de las primas atrasadas
con un interés del 2 por 100 anual compuesto más el interés técnico del seguro.
Si el tipo de interés legal del dinero fuese mayor que el anteriormente enunciado,
se tomará este último como referencia, o por el que lo pudiera sustituir en el futuro,
dándose esta sustitución por pactada, sin necesidad de acuerdo posterior entre
las partes.
Anticipo,
cesión y pignoración
De acuerdo con cuanto establece la normativa
vigente esta modalidad de seguro no dispone de los derechos de anticipo, cesión
o pignoración del seguro.
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Una de las características más relevantes de
este seguro es su fiscalidad, debido a que todo rendimiento positivo generado
en el momento del cobro del seguro que cumpla cuanto a continuación se
indicará, queda totalmente exento de tributación.
En concreto, el régimen fiscal de este seguro
es el siguiente:
o Durante la vigencia de la
póliza, MGS Plan 5 Garantizado - SIALP no tendrá que tributar por los
rendimientos que se vayan generando, ni se le practicará retención alguna, ya
que se irá acumulando en su fondo.
o Los rendimientos generados
por este seguro, tienen consideración de rendimientos de capital mobiliario.
o Debido a que MGS Plan 5
Garantizado - SIALP corresponde a la modalidad de seguro “Seguro Individual de
Ahorro a Largo Plazo”, quedarán exentos de tributación los rendimientos
positivos de capital mobiliario que se pongan de manifiesto en el momento del cobro
del seguro, si se cumplen los siguientes requisitos:
- las primas satisfechas a este tipo de Plan
de Ahorro a Largo Plazo no superen los importes legalmente establecidos, que
actualmente son de 5.000 euros en un año natural,
- el cobro del seguro se efectúe con
posterioridad al transcurso de los cinco años desde la primera aportación.
o En caso de disposición de
la provisión matemática con anterioridad al transcurso de los cinco años desde
la primera aportación, los rendimientos positivos del capital mobiliario obtenidos
estarán sujetos a tributación.
o En el caso de
fallecimiento, la tributación de las prestaciones se realizará según la Ley del
Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Régimen
fiscal
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Fecha: febrero 2015 8
Con el fin de suministrar la información
necesaria al seguro, al Tomador se le facilitará:
Antes de la contratación
de la póliza
· Nota informativa que se le
entrega junto al proyecto.
Una vez contratada la
póliza
· Anualmente y de forma
anticipada se informará la provisión matemática alcanzada, así como el un nuevo
tipo de interés técnico para la siguiente anualidad.
JUAN FERMIN ALMEIDA 654807978
5. Información para el cliente
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